Aumentan los topes de Ganancias y Monotributo: cómo quedan los nuevos valores desde julio

Escrito por Redacción 4DIARIO

15 Jul

La actualización es del 15,1% y se aplica sobre mínimos no imponibles, deducciones, escalas del impuesto a las Ganancias y topes de facturación del Monotributo. También suben las cuotas mensuales.
Aumentan los topes de Ganancias y Monotributo: cómo quedan los nuevos valores desde julio

Desde este mes, se actualizan los parámetros que determinan quiénes deben pagar Impuesto a las Ganancias y Monotributo, a partir de una suba del 15,1%, correspondiente a la variación del índice de precios al consumidor del primer semestre del año. La medida surge de la Ley de Medidas Fiscales de 2024 y tiene impacto directo sobre trabajadores en relación de dependencia, autónomos y pequeños contribuyentes.

Nuevos valores para el Impuesto a las Ganancias

Con los valores actualizados, un empleado sin hijos quedará exento de Ganancias si su ingreso bruto mensual no supera los $2.624.000 (equivalente a unos $2.178.000 netos).

Para quienes tienen dos hijos, el nuevo tope libre de impuesto es de $3.054.000 brutos, mientras que si el trabajador está casado y tiene dos hijos, la exención alcanza los $3.464.000 brutos, lo que representa un ingreso neto estimado de $2.890.000.

Las escalas del impuesto, que comienzan a aplicarse una vez superados estos montos, se mantienen entre el 5% y el 35%, y los empleadores deberán recalcular las retenciones aplicadas en las liquidaciones salariales.

Deducciones permitidas

El régimen contempla deducciones específicas para determinar la base imponible del impuesto. Entre ellas se incluyen:

  • Hijos menores de edad o con discapacidad, deducibles por uno o ambos padres.

  • Cónyuge sin ingresos, hasta un tope anual estimado de $4,5 millones.

  • Alquiler de vivienda, con posibilidad de deducir el 40% del monto pagado.

  • Servicio doméstico, incluyendo sueldos y cargas sociales.

  • Gastos médicos y prepagas, con deducción de hasta el 40% de lo no reintegrado.

  • Donaciones, con límite del 5% de la ganancia neta anual.

  • Gastos educativos y seguros de vida, bajo los topes definidos por la ley.

Todas las deducciones deben informarse en el Formulario F572Web, a través del sistema SIRADIG Trabajador, disponible en la web de ARCA, la nueva agencia que reemplazó a la AFIP.

Monotributo: nuevos topes y cuotas

En el régimen simplificado, el ajuste también es del 15,1%. A partir de agosto:

  • El límite de facturación para la categoría A pasa de $7.813.063 a $8.992.835 anuales.

  • En la categoría más alta, el tope se incrementa de $82.370.281 a $94.808.193.

  • La cuota mensual sube a $37.086 para categoría A y a $42.217 para la B, con aumentos proporcionales en los escalones superiores.

Estos valores comienzan a regir en agosto, sin cambios en la cuota correspondiente a julio, cuyo vencimiento es el día 21.

Recategorización: hasta el 5 de agosto

La nueva escala obliga a los monotributistas a revisar su actividad económica para determinar si deben cambiar de categoría. La evaluación abarca:

  • Ingresos brutos

  • Alquileres devengados

  • Superficie del local afectado

  • Consumo eléctrico

El trámite debe hacerse con clave fiscal y hasta el 5 de agosto. No es necesario hacer ningún cambio si el contribuyente mantiene la misma categoría o si lleva menos de seis meses de actividad.

Si se omite la recategorización o se detectan inconsistencias, ARCA puede reasignar de oficio la categoría, en función de los movimientos bancarios, gastos o consumos observados.

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