FALLO DE LA JUSTICIA
La empresa Manaos deberá pagar más de $800 millones a un ex empleado que distribuía las bebidas en San Juan

Escrito por Redacción 4DIARIO

febrero 13, 2026

El máximo tribunal de la provincia de Mendoza resolvió que la firma Refres Now S.A. deberá indemnizar al trabajador por despido y vínculo laboral encubierto.
La empresa Manaos deberá pagar más de $800 millones a un ex empleado que distribuía las bebidas en San Juan

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza emitió un fallo que obliga a la firma Refres Now S.A., productora de las bebidas Manaos, a abonar $807.676.293,72 a un extrabajador que se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022.

El caso se inició tras la denuncia del empleado, quien reclamó despido sin causa y señaló irregularidades en la registración laboral. Según la presentación, la relación formal comenzó recién en 2015, pese a que las tareas se habían iniciado en octubre de 2013.

La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael había fijado originalmente una indemnización cercana a los $1.500 millones, compuesta por capital, intereses y costas. La empresa apeló y el expediente llegó al máximo tribunal provincial, que redujo el monto de los intereses aplicando la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación.

Los jueces Omar Palermo, Norma Llatser y Mario Adaro confirmaron la condena principal por despido y relación laboral encubierta, pero modificaron la forma de calcular los intereses. El fallo también rechazó el rubro previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, aunque ratificó la procedencia de las indemnizaciones contempladas en el artículo 245.

Durante el proceso se expuso que el trabajador había firmado acuerdos ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria de CABA con abogados que no conocía, lo que generó dudas sobre la transparencia de las negociaciones. La Corte consideró que esos documentos no reflejaban la realidad, ya que el empleado continuó prestando servicios sin interrupciones.

El empresario Orlando Canido, fundador de la compañía, cuestionó la resolución y la calificó de “insólita”. No obstante, la sentencia establece que la suma deberá abonarse en un plazo de cinco días y continuará generando intereses hasta su pago total.

Este fallo se convierte en un precedente relevante dentro del debate nacional sobre la reforma laboral, al abordar temas como la registración de trabajadores y el cálculo de intereses en casos de despido.