Escrito por Redacción 4DIARIO
septiembre 15, 2025

La Cámara Nacional Electoral (CNE), integrada por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, resolvió revocar la habilitación que permitía a Cristina Fernández de Kirchner votar en las próximas elecciones.
Con esta decisión, el tribunal dejó sin efecto el fallo de la jueza subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien en julio había resuelto mantener a la expresidenta en el padrón pese a su condena firme a seis años de prisión en la causa Vialidad.
Borruto había declarado inconstitucionales los artículos del Código Penal y del Código Electoral que establecen la inhabilitación y exclusión del padrón para las personas con condena firme por delitos dolosos. Su fallo se apoyó en el precedente Zelaya (2022), que señalaba que tales normas afectaban derechos fundamentales como el voto, la igualdad y la dignidad.
Sin embargo, la CNE consideró que la resolución era inválida, respaldándose en dos antecedentes clave:
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El caso “Procuración Penitenciaria”, que ya había declarado inconstitucionales esas restricciones y reclamado al Congreso una regulación específica sobre el voto de personas condenadas.
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El fallo de la Corte Suprema en “Orazi”, que estableció que no se pueden conceder habilitaciones genéricas, sino que cada situación debe analizarse en un caso concreto y a pedido del interesado o del Ministerio Público.
En su resolución, la Cámara recordó que la Corte Suprema había señalado que debía verificarse que la posibilidad de votar fuera “jurídica y fácticamente viable”, atendiendo a la naturaleza del delito y a las circunstancias del caso.
Finalmente, el tribunal concluyó que la jueza actuó de oficio y sin una petición expresa, lo que contravino la doctrina fijada en los fallos anteriores. Por este motivo, la habilitación de Cristina Kirchner para votar quedó sin efecto.