La UFI Delitos Especiales obtuvo una condena contra Marcos Gabriel Pereyra por un hecho ocurrido en 2025 en 9 de Julio. Además de la pena de prisión, el tribunal dispuso 8 años de inhabilitación para conducir.
La Justicia de San Juan condenó a Marcos Gabriel Pereyra a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y a 8 años de inhabilitación especial para conducir vehículos por un siniestro vial ocurrido en enero de 2025 en el departamento 9 de Julio, donde fallecieron dos personas y una tercera sufrió graves lesiones.
La sentencia fue dictada por el juez Sergio López Martí luego del juicio oral impulsado por la Unidad Fiscal de Delitos Especiales. El magistrado también ordenó la prisión preventiva inmediata del condenado hasta que la resolución quede firme. Los fundamentos completos del fallo serán dados a conocer el próximo 30 de junio.
La causa investigó un hecho que provocó la muerte de Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende, además de las lesiones sufridas por Vanesa Ahumada, quien continúa con secuelas físicas y psicológicas derivadas del episodio.
Desde la Fiscalía señalaron que durante el debate oral se logró acreditar que el conductor manejaba bajo los efectos de estupefacientes y que su conducta encuadraba dentro de los parámetros de culpa temeraria establecidos en el Código Penal.
Entre las pruebas incorporadas al expediente se incluyeron estudios toxicológicos que detectaron presencia de cocaína y marihuana en el organismo del imputado. Además, los peritos determinaron la existencia de cocaetileno, sustancia que se produce por el consumo conjunto de cocaína y alcohol.
La investigación estuvo a cargo del fiscal coordinador Iván Grassi junto a los fiscales Sebastián Gómez, Agostina Pérez y Adrián Elizondo, quienes trabajaron en la recolección de pruebas periciales, técnicas y testimoniales para reconstruir lo ocurrido y determinar responsabilidades.
Durante los alegatos finales, el Ministerio Público había solicitado una pena de 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir, argumentando la gravedad de los agravantes acreditados en la causa y las consecuencias ocasionadas a las víctimas y sus familias.
Según indicaron desde la UFI Delitos Especiales, la condena representa hasta el momento la pena efectiva más alta dictada dentro del Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial de la provincia para un caso de homicidio culposo agravado derivado de un siniestro vial.
El fallo se apoyó en los agravantes previstos por los artículos 84 bis y 94 bis del Código Penal Argentino, que contemplan sanciones más severas cuando existe conducción bajo efectos de estupefacientes, conducta temeraria y más de una víctima fatal.