TRIUNFO LEGISLATIVO HISTÓRICO
El Senado aprobó la reforma laboral y convirtió en ley los cambios impulsados por el Gobierno

Escrito por Redacción 4DIARIO

febrero 28, 2026

La iniciativa fue sancionada tras la ratificación de las modificaciones introducidas por Diputados. La votación finalizó con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones.
El Senado aprobó la reforma laboral y convirtió en ley los cambios impulsados por el Gobierno

El Senado de la Nación Argentina aprobó la reforma laboral promovida por la administración del presidente Javier Milei, luego de validar los cambios realizados previamente por la Cámara de Diputados. Entre las modificaciones confirmadas se encuentra la eliminación del artículo 44 vinculado a las licencias médicas.

La votación concluyó con 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones, correspondientes a los legisladores santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano. El tratamiento se extendió durante cuatro horas de debate.

La nueva normativa introduce cambios en distintos aspectos de la relación laboral. Entre ellos, se establecen nuevas pautas para los convenios colectivos, el cálculo de indemnizaciones, el régimen de vacaciones, la jornada de trabajo y la actividad de trabajadores de plataformas digitales.

Uno de los puntos centrales es la prioridad de los acuerdos colectivos por empresa o región, junto con la eliminación de la ultraactividad de los convenios vencidos. Además, se incorpora un esquema de actualización de créditos laborales basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.

Fondo y nuevos instrumentos

La ley también crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), orientado a colaborar con las empresas en el pago de indemnizaciones. Según lo aprobado, las grandes compañías deberán aportar el 1% de la remuneración bruta de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas contribuirán con un 2,5%. Se mantiene, además, la posibilidad de cancelar obligaciones en cuotas.

Otro de los ejes es la regulación del banco de horas, mecanismo que permite compensar períodos de mayor carga laboral con jornadas más breves, siempre respetando los descansos mínimos legales y con acuerdo de la representación sindical cuando corresponda.

Asimismo, la norma incorpora la figura del repartidor independiente, definida como contrato de servicio sin vínculo laboral directo.

Servicios esenciales y registración

En materia de derecho a huelga, la reforma fija que los servicios esenciales deberán garantizar una prestación mínima del 75%, mientras que los considerados trascendentales deberán asegurar al menos el 50% de funcionamiento. Dentro de estos últimos se incluye la educación en sus tres niveles.

El texto aprobado también establece un régimen de regularización laboral, que prevé la exención de hasta el 70% de las deudas por aportes vinculadas a trabajadores no registrados y una reducción del 8% en cargas patronales para nuevas incorporaciones formales.